La Junta Central Electoral (JCE) suspendió de forma provisional la aplicación del reglamento que prohibía la publicación de encuestas electorales antes del inicio oficial de la precampaña, mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) evalúa los recursos presentados contra dicha normativa. La medida, adoptada mediante una resolución fechada el 18 de junio pero divulgada este lunes 13 de julio, deja sin efectos la restricción hasta que el TSE emita una sentencia definitiva.
El reglamento original, que entró en vigor en mayo, establecía la prohibición de divulgar encuestas de intención de voto antes del primer domingo de julio de 2027, fecha prevista para el arranque de la precampaña rumbo a las elecciones generales de 2028. Sin embargo, diversas organizaciones y representantes de medios de comunicación impugnaron la medida, argumentando que vulneraba derechos fundamentales como la libertad de expresión y el acceso a la información.
Impugnaciones que motivaron la suspensión
Entre las solicitudes presentadas destaca la de Participación Ciudadana, que el 28 de mayo pidió eliminar la prohibición de realizar y difundir estudios de opinión fuera de los períodos oficiales de campaña, al considerar que limitaba el acceso a información de interés público. Asimismo, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, solicitó la reconsideración del reglamento al argumentar que excedía las atribuciones de la JCE establecidas en la Ley 20-23 del Régimen Electoral y la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, además de contradecir disposiciones constitucionales.
La decisión del pleno de la JCE implica que la prohibición de publicar encuestas queda inhabilitada temporalmente, pero el resto del reglamento sigue vigente. Esto incluye obligaciones para las firmas encuestadoras, como mantener actualizado su registro ante la JCE y notificar con al menos ocho días de anticipación la realización de encuestas durante el proceso electoral.
Régimen de sanciones y contexto del debate
El reglamento contempla sanciones para las empresas que incumplan sus disposiciones, como la suspensión temporal del registro entre seis meses y un año, la cancelación definitiva por reincidencia, y multas que van de uno a 200 salarios mínimos. Además, la JCE mantiene la facultad de suspender los exit poll o encuestas a boca de urna si vulneran el secreto del voto durante la jornada electoral.
La regulación de las encuestas electorales ha generado debate en República Dominicana por el equilibrio entre las facultades de supervisión de la autoridad electoral y derechos como la libertad de expresión y el acceso a la información. La suspensión temporal evita que el reglamento continúe produciendo efectos mientras el TSE determina si la disposición se ajusta al marco constitucional y legal vigente.

