El Tribunal Constitucional (TC) determinó que es inconstitucional la normativa que obligaba a los ciudadanos mayores de 75 años a renovar su licencia de conducir cada dos años. Mediante la sentencia TC/0904/26, la Alta Corte dejó sin efecto lo establecido en el decreto 330-26, restableciendo el periodo de cuatro años para este grupo de edad.
Motivos de la decisión judicial
La decisión de la institución judicial se fundamenta en que las disposiciones del referido decreto vulneraban diversos principios consagrados en la Constitución Dominicana. Según el fallo, la medida afectaba directamente el derecho a la igualdad y la protección especial que la ley otorga a las personas de la tercera edad.
