Un documento oficial firmado entre la República Dominicana y Estados Unidos revela que las personas trasladadas al país sí podrán solicitar refugio o asilo, una disposición que contradice lo que se informó públicamente en su momento. El acuerdo, suscrito el 12 de mayo de 2026, establece que las autoridades dominicanas deberán evaluar estas peticiones de protección conforme a las leyes nacionales.
Aunque en su presentación oficial el entonces canciller Roberto Álvarez había asegurado que los extranjeros no entrarían al sistema migratorio y que “no se aceptarán solicitudes de refugio en República Dominicana”, el texto del Memorando de Entendimiento indica lo contrario. Específicamente, el apartado 3.2 señala que el país tiene la intención de revisar estas solicitudes “sobre sus méritos”, sin tomar en cuenta si la persona transitó previamente por territorio estadounidense.
Detalles del proceso de recepción y protección
El convenio no solo contempla la posibilidad de pedir asilo, sino que obliga a que el Gobierno dominicano entregue información detallada a los recién llegados sobre cómo iniciar estos trámites y cuáles son los plazos legales para hacerlo. Según la sección 5(c) de los procedimientos, todo el proceso se llevará a cabo bajo las normativas migratorias de la República Dominicana.
El mecanismo de traslado funcionará de la siguiente manera:
- Soberanía dominicana: El país tiene la facultad de aceptar o rechazar las propuestas de traslado enviadas por Estados Unidos, evaluando cada caso de forma individual.
- Límites de ingresos: Se tiene como referencia no superar las 30 solicitudes mensuales, aunque el Gobierno puede decidir aumentar este número si lo comunica previamente.
- Lugar de llegada: Los vuelos aterrizarán en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (SDQ) en horario matutino.
Quiénes no pueden ser trasladados
El acuerdo es selectivo y excluye a ciertos grupos para evitar complicaciones legales o humanitarias. No se permitirán traslados de menores de 18 años que no estén acompañados, ciudadanos dominicanos o haitianos, ni personas con antecedentes penales graves, a menos que se trate de infracciones migratorias en Estados Unidos.
Por otro lado, el documento subraya que Estados Unidos tiene la intención de cubrir los gastos de alimentación y alojamiento de estas personas, buscando que el proceso no represente un costo para el erario dominicano. Finalmente, se aclara que este memorando no es un contrato jurídicamente vinculante, lo que permite que cualquiera de los dos gobiernos se retire del acuerdo mediante una notificación escrita.

